Casos de suspensión de empresas

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Hay que aceptarlo: algunas veces las cosas no resultan como uno las plantea… y las sueña. Pero hay que seguir adelante y aprender lo máximo posible de esa experiencia.

Cuando se llega al ineludible momento de cerrar una empresa, no hay que entrar en pánico y hay que afrontar la situación con la mente clara; el primer paso es conocer los trámites que se deben realizar para finiquitar esa iniciativa. Con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la interrupción de las actividades económicas de personas morales, se puede hacer a través de su portal. Hay que presentar el acuse de recepción del caso de “servicio o solicitud” con el sello digital con la fecha de presentación y el número de folio; es importante resaltar que se cuenta con un mes a partir de que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive. Algunos de los requisitos que debe cumplir, son: estar al corriente con la regla 2.5.12 de la Resolución Miscelánea Fiscal; que el contribuyente a suspender está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; que la empresa no se encuentre en el listado del SAT, de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes; entre otros.

En el cierre de actividades hay algunas posibilidades a manejar, aseveró Forbes, entre ellas destacan: no hay obligación de los socios de la persona moral a enfrentar de inmediato los gastos que se originan por la disolución; hay plazos de hasta 3 años para que los socios replanteen el negocio o cambien el objeto del mismo para intentar de nuevo hacerlo productivo; Durante ese plazo, los socios pueden encontrar a un inversionista para revivir el negocio; y es posible conseguir créditos para solventar la situación.

Si te encuentras en el Régimen de Incorporación Fiscal, Actividades Empresariales y Profesionales o Arrendamiento y no has percibido ingresos, también es posible suspender actividades de forma retroactiva. Los Impuestos indicó que deberás ingresar a Mi Portal del sitio del SAT y en menú Servicios por Internet, selecciona Aclaraciones, y allí, Solicitud para suspender de forma retroactiva tus actividades.

El cierre de una empresa, es un trámite importante. Antes de hacerlo, asesórate con los fiscalistas de CICDE para que, junto con ellos, valores todas las alternativas y tomes la mejor decisión para tu futuro.

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2023-08-31T13:42:17+00:00 julio 18, 2017|

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