Contratos laborales, varios tipos, una ley y beneficios para todos.

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Todos los trabajadores de una empresa, deben tener su contrato laboral, este ayudará a que ambas partes estén protegidas por la ley; aunque muchas veces por desconocimiento o por evadir obligaciones se hacen contratos que no se apegan a las normas vigentes y vulneran los derechos de los trabajadores.

Para el contrato de trabajo individual, existen tres modalidades dependiendo de los términos, así considerados en la Ley Federal del Trabajo (LFT), según se expresa en La Revista Latinoamericana de Derecho Social de la UNAM; los cuales son:

  • Contratos por tiempo indeterminado
  • Contratos por obra terminada
  • Contratos por tiempo determinado

Cabe decir, que éstos son los contratos que están considerados en dicha ley, pero en la práctica diaria se celebran otros que no se apegan a las normas vigentes; o recurren a los intermediarios, empresas de colocación (outsourcing), empresas de servicios eventuales y subcontratación, y han surgido como alternativas para evadir obligaciones y de seguro social; o aparecen formas como trabajo por equipo, cesión de personal, contrato de relevo, donde se incumplen los derechos de los trabajadores.

No obstante, el 30 de noviembre de 2012, se implementó la reforma a la LFT, donde se consideran: los contratos a prueba, contrato de capacitación inicial, por temporada y por pago por hora.

De hecho, El Economista menciona que  la reforma laboral de la actual administración, ha demostrado su eficacia al asegurar que ahora se han sumado más de 2 millones de nuevos empleos inscritos al IMSS; lo que significa que cuentan con un contrato laboral.

También, El Financiero dice que con dicha reforma laboral, ha crecido la contratación de empleos temporales; de 2012 a 2015 representó 9.4% en promedio del total de trabajadores subordinados remunerados; sin embargo, la informalidad laboral se ubico con un 58.2%.

Por otra parte, debes saber que un contrato laboral se tiene que hacer por escrito y el trabajador debe quedarse con una copia, este debe tener datos como: nombre, nacionalidad, edad, estado civil, CURP, RFC, dirección del trabajador, dirección del contratante, duración del contrato, sueldo, prestaciones, entre otros.

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2023-08-31T12:51:58+00:00 marzo 16, 2017|

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