Tres sectores que reanudan actividades a partir del 01 de junio del 2020: Construcción, Minería y Automotriz, al ser consideradas actividades esenciales por parte de la Secretaría de Salud.
El pasado 13 de mayo, el Diario Oficial de la Federación publicó un Acuerdo emitido por el Consejo de Salubridad General, en el cual se interpretaba que los sectores de la Industria de la Construcción, la Minería y la Automotriz podrían iniciar actividades el 18 de mayo del 2020, sin embargo, ese mismo día fue eliminado de la edición; a lo que el DOF emitió en su cuenta de Twitter una Aclaración donde explica que, por un error, fue publicada una versión preliminar del Acuerdo del Consejo de Salubridad General, razón por la cual había sido eliminada.
En la emisión del DOF del día de hoy, 14 de Mayo del 2020, se publicó el Acuerdo oficial de la Secretaría de Salud, en el cual se establece la estrategia de reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas; confirmando en el Artículo Cuarto, que las actividades de la Industria de la Construcción, la Minería y la Automotriz serán consideradas como actividades esenciales, por lo tanto se reactivarán el 01 de junio del 2020 de la siguiente manera:
“ARTÍCULO CUARTO.- Se establece como acción extraordinaria que las actividades de la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte, serán consideradas como actividades esenciales.
Las empresas que se dediquen a las actividades a que se refiere el párrafo anterior, podrán iniciar labores el 1° de junio de 2020.
Así mismo, del 18 al 31 de mayo de 2020, dichas empresas implementarán los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral, que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social.”
Aquí puedes consultar el Acuerdo completo: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5593313&fecha=14/05/2020
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