¿Es legal el rechazo de devoluciones por supuestas operaciones inexistentes?
La devolución de dinero por saldo a favor es un derecho que tienen todos los contribuyentes, así consta en los artículos 22, 22-A, 22-B, 22-C Y 22-D del Código Fiscal de la Federación (CFF). Sin embargo, la autoridad también tiene la posibilidad de negar dichas devoluciones ya que tiene el poder de hacerlo si detecta irregularidades en el llenado del formato; entre las más típicas están: el no atender algún requerimiento de información, hacerlo de forma errónea…o, que a juicio de la autoridad, las actividades comerciales del contribuyente sean inexistentes o simuladas.
Sin embargo, aunque el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede negar la devolución, también tiene la obligación de cumplir con los protocolos que las mismas leyes exigen, es decir completar el procedimiento establecido en el artículo 69-B del CFF, el cual estipula que la autoridad debe enviar una notificación de la presunción de operaciones inexistentes e incluso debe publicar la emisión del listado definitivo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Qué riesgos tienes por recibir facturas falsas?
Con la finalidad de disminuir al máximo la posibilidad de evasión fiscal de parte de las empresas, el SAT ha afinado su puntería y ahora se ha enfocado a buscar a las compañías receptoras de las facturas presuntamente falsas y no a las que lo emiten. ¿El motivo? Es muy sencillo, las compañías que lo generan pueden ser empresas fantasma o que aparecen y desaparecen, lo cual complica su búsqueda, no así las que lo reciben, que son empresas legalmente constituidas y es fácil su ubicación.
Lo anterior provoca un serio deterioro a las compañías que incurren en dicha práctica ya que pueden ver atentada su estructura administrativa y fiscal, todo por buscar reducir el ISR y la acreditación del IVA.
El SAT, tiene tipificada esta práctica como un delito de defraudación fiscal y se le conoce como EFOS o Empresas que Facturan Operaciones Simuladas y las que son receptoras de dichos documentos falsos, se les conoce como EDOS: Empresas que Deducen Operaciones Simuladas.
Te presentamos las dos posturas de una misma situación para que conozcas cuál es el accionar de las autoridades y cuáles suelen ser los más típicos errores de las empresas; y recuerda que, si alguno de tus proveedores apareció en el listado del DOF por operaciones inexistentes, llámanos y te apoyamos a analizar tu situación legal para que quedes debidamente protegido.
www.forbes.com.mx/como-afrontar-los-problemas-por-usar-facturas-falsas/
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