DEFENSA FISCAL EN MÉXICO
Defensa fiscal integral vs créditos del SAT, IMSS
y Gobiernos locales…
Asesor fiscal: Defensa completa y estratégica
- Defensa fiscal de Créditos fiscales emitidos por el SAT, IMSS e Infonavit.
Defensa fiscal de Créditos fiscales emitidos por las Secretarías de Finanzas de los estados por impuestos federales y locales.
Defensa fiscal de Multas impuestas por Autoridades fiscales y administrativas.
Amparo contra Embargos de Cuentas Bancarias.
Aclaraciones y amparos contra el bloqueo, cancelación o suspensión de Sellos digitales para facturar.
Cartas invitación del SAT. Te asesoramos y acompañamos al SAT para atenderlas.
¿Tus proveedores salieron en la lista negra del SAT? Tienes 30 días para acreditar que tus operaciones son reales. Revisamos tu caso, analizamos tus opciones, te asesoramos y te ayudamos a preparar tu escrito para el SAT.
¿El SAT no aprobó las pruebas que entregaste para demostrar la existencia de las operaciones con tus proveedores? Existen riesgos que debes conocer y es importante que tomes una decisión adecuada. Asesórate para conocer tus opciones.
- Otros servicios: Trámite de acuerdos conclusivos; Asesoría y apoyo para garantizar el interés fiscal; Trámite de la suspensión provisional y definitiva del Procedimiento Administrativo de Ejecución; Atención de embargos en la vía administrativa; Asesoría y atención del Procedimiento Administrativo de Ejecución; Juicio de amparo indirecto; Promoción de quejas y reclamaciones.
Defensa fiscal vs créditos fiscales y multas ¿Cómo podemos ayudarte?
Si tú o tu empresa recibieron un crédito fiscal, o una multa, comunícate con nosotros y permítenos asesorarte en tu defensa fiscal corporativa.
Seremos objetivos y claros al explicarte las posibilidades de éxito y los riesgos para que tomes la decisión más adecuada.
Para optimizar tu inversión en honorarios legales, trabajamos de forma integral o por etapas y además te ofrecemos un plan de pagos. Así nos aseguramos de que inviertas solo lo necesario y de acuerdo a tus posibilidades.
Consultoría fiscal: Antes que nada analizamos
la Viabilidad de tu caso
Antes de iniciar una defensa fiscal es recomendable analizar el caso y conocer las probabilidades reales de éxito por interponer un juicio. El estudio de viabilidad nos permitirá analizar (y a ti, conocer) los argumentos, de forma y de fondo, que existen para defenderte, así como las posibilidades de obtener una sentencia favorable. Tenemos 2 opciones:
1. Estudio básico de viabilidad.
Se analiza únicamente el oficio en el que se determinó el crédito fiscal o la multa. Recibimos el documento, lo revisamos y nos reunimos contigo, para darte nuestra opinión legal y las expectativas de éxito. Sirve para tener una opinión legal general. No se recomienda si buscas una defensa completa. Para eso debe analizarse todo el expediente.
Honorarios a partir de $6,000 (IVA incluido)
¿Qué es lo que puede incrementar estos honorarios?
El número de páginas del crédito fiscal o lo especializado del caso.
2. Estudio de Viabilidad.
Consiste en la revisión del oficio en el que se determinó el crédito fiscal o la multa, así como todo el expediente con sus antecedentes. Si se trata de un crédito fiscal, analizamos el expediente de la auditoria (citatorios, notificaciones, actas, oficios, contestaciones de tu empresa, pruebas y documentos presentados, última acta parcial, acta final u oficio de observaciones, etc.). Si se trata de una multa, se revisan los documentos que generaron la multa. Después de analizar todo el expediente nos reunimos contigo, en nuestras oficinas, para explicarte nuestro análisis y las expectativas de éxito.
Este es el mejor análisis para estudiar de fondo la defensa fiscal de un caso.
Honorarios a partir de $12,000 (IVA incluido)
¿Qué es lo que puede incrementar estos honorarios? El volumen del expediente.
En caso de que concluyamos que interponer un medio de defensa NO es viable
o que las posibilidades de ganar son remotas, te asesoramos con la planeación financiera de otras soluciones para proteger la empresa, el patrimonio de los socios y no detener la operación del negocio.
Realizar un estudio de viabilidad nos ha permitido tener un 98% de efectividad en los casos que defendemos.
En caso de que tu Estudio de Viabilidad haya resultado Positivo
podemos ofrecerte una Defensa Fiscal Integral
Si nuestro grupo jurídico determina que la Defensa Fiscal de tu caso es viable, entonces te haremos una propuesta que puede incluir todos, o algunos, de los siguientes medios de defensa. Nuestra propuesta de honorarios se hará en función de los servicios que necesites y tu forma de contratación (Individuales o de forma integral). En esta etapa te descontamos los honorarios pagados por el Estudio de Viabilidad.
3. Recurso de Revocación.
Se presenta ante la misma autoridad fiscal que emitió el crédito o la multa para solicitar que se deje sin efecto la resolución que los generó y evitar ir a tribunales. Existen circunstancias estratégicas para definir si se utilizará, o no, en la defensa de un crédito, ya que NO en todos los casos debe ser elegible. Algunos abogados lo utilizan como un medio para ganar tiempo o simular la defensa de un asunto sin analizar el fondo del crédito fiscal o la multa. Esto NO es recomendable. Este recurso debe prepararse de forma adecuada y completa o se puede perder la oportunidad de formular, en el juicio de nulidad, conceptos novedosos de impugnación no expresados en él.
4. Juicio de Nulidad.
Se utiliza si, en base a la estrategia legal, se decidió no presentar el Recurso de Revocación o si, después de haberlo presentado, la autoridad fiscal no dejó sin efectos el crédito o la multa. Este es el medio ideal para defender un crédito fiscal. El objetivo es solicitar a un Tribunal que analice el caso y ANULE el crédito fiscal por improcedente. La sentencia que emita el Tribunal puede ser favorable a la autoridad (en este caso promoveremos el juicio de amparo) o a favor de la empresa, mediante una Nulidad lisa y llana (promoveremos la adhesión a la revisión que solicite la autoridad o el juicio de amparo) o una Nulidad para efectos (promoveremos el juicio de amparo).
5. Juicio de Amparo Directo.
Se interpone contra la sentencia definitiva del juicio de nulidad cuando se estima que la autoridad fiscal (al realizar su procedimiento de auditoría o imposición de la multa) y/o el mismo Tribunal Federal de Justicia Administrativa (al analizar el caso) violaron los derechos humanos de la empresa y las garantías otorgadas para su protección por la Constitución y por los tratados internacionales. El objetivo es obtener el amparo de la justicia para que la sentencia del juicio de nulidad se emita respetando los derechos humanos invocados.
6. Adhesión al Recurso de revisión.
Se promueve cuando, habiendo obtenido una resolución favorable para la empresa en la sentencia del juicio de nulidad, la autoridad fiscal promueve el recurso de revisión con la intención de que ésta se modifique. En éste caso se cuenta con un plazo de 5 días para adherirse a la revisión expresando por escrito los agravios que sufriría la empresa si la sentencia se modifica y los argumentos para defender la sentencia ya dictada por el tribunal. Después de analizar el recurso de revisión, haremos la recomendación legal pertinente.
7. Otros medios de defensa.
Durante la defensa integral de un crédito fiscal o de una multa pueden darse distintas circunstancias que impliquen la promoción de otros servicios y medios de defensa como: Acuerdos conclusivos, la asesoría para el ofrecimiento de la garantía para tu juicio, el trámite de la suspensión provisional y definitiva del Procedimiento Administrativo de Ejecución, La atención del embargo en la vía administrativa, juicios de amparo indirectos, promociones de quejas, reclamaciones, etc. Como abogados, nuestra responsabilidad será la de asesorarlos para indicarles en cada caso la mejor forma para apoyarlos y resolver cada situación que se presente.
Asesoría y Consultoría Legal.
¿Solo tienes dudas sobre tu caso y quieres la opinión de un abogado fiscalista?
Reúnete con uno de nuestros expertos.
Costo por hora $3,500.00 (IVA incluido).
También podemos Ayudarte con los siguientes Servicios:
Amparo contra el Embargo de Cuentas Bancarias.
El Código Fiscal de la Federación establece diversas situaciones en las cuales la autoridad fiscal puede promover el embargo o aseguramiento de las cuentas bancarias. En muchos casos estos no proceden o están mal realizados por lo que puede promoverse el amparo. Si este es tu caso, comunícate para que un abogado evalúe tu situación y te informemos si es viable o no es viable el amparo.
¿Tu amparo no es viable o estás fuera de plazo para intentarlo? El plazo para interponer el amparo es de 15 días a partir de que te notifican el embargo de cuentas bancarias. Si ya se te venció este plazo, intentaste con alguien más el amparo y no funcionó o analicemos que el amparo no sea la mejor opción para ti, nuestros asesores, después de revisar tu caso, pueden ofrecerte alternativas para solucionar tu situación, continuar trabajando y no detener la operación de tu negocio. Comunícate para que un asesor te explique cómo podemos ayudarte.
Bloqueo, cancelación o suspensión de Sellos digitales para facturar.
Una nueva medida de presión del SAT para obligarte a cumplir con tus obligaciones fiscales es impedir que le factures a tus clientes. Si realizas ventas a publico en general, tal vez esto no te afecte demasiado, pero si manejas clientes que continuamente requieren facturas, esto puede ser de alto riesgo para tu empresa.
Si estás en esta situación lo mejor es averiguar la razón por la cual cancelaron o suspendieron tus sellos digitales para facturar, realizar la aclaración y en el peor de los casos, promover un juicio o un amparo. Si tienes dudas y requieres asesoría; no sabes cómo hacerlo y necesitas apoyo o ya lo intentaste, pero no has logrado el desbloqueo; nuestra Firma puede apoyarte en todo este proceso. Comunícate para que un asesor te explique cómo podemos ayudarte.
Atención de Cartas invitación del SAT.
Si recibiste una carta invitación del SAT es importante que se acerques a tu asesor fiscal (no solo a tu contador) para que te explique los riesgos. Las cartas invitación se están convirtiendo en la nueva modalidad de revisión rápida del SAT sin necesidad de que realicen una auditoría. Son rápidas y efectivas. Una carta de estas es precisamente una invitación, pero también representa la antesala que te avisa que puedes estar en riesgo fiscal. Es importante que tu asesor fiscal la revise y determine el riesgo en que te encuentras. Hay cartas que no es necesario atender, otras deben atenderse, pero no acudir con la autoridad, en otras se deben promover aclaraciones e incluso hay otras, donde es necesario explicarle a un funcionario del SAT tu situación. Los riesgos de una mala atención van desde un bloqueo de sellos para facturar, hasta auditorías, multas y determinación de créditos fiscales.
Si estás en esta situación y no tienes a un asesor fiscal acércate a nuestra Firma. Te asesoramos, revisamos la carta invitación que recibiste, te decimos lo que debes hacer, te apoyamos a resolver lo que te haga falta y si es necesario te acompañamos al SAT o a cualquier otra autoridad fiscal para ayudarte a atender y resolver tu situación. Comunícate para recibir la atención que necesitas.
¿Uno de tus proveedores fue reportado en la lista negra del SAT?
El artículo 69B del CFF establece que, si uno de tus proveedores se publica en el listado definitivo de operaciones inexistentes del SAT, conocida como lista negra del SAT, tienes 30 días para presentar un escrito con las pruebas que demuestren que las operaciones que hiciste con él son reales. Debes revisar cada operación con ese proveedor y los documentos con los que cuentas para demostrar que la operación se llevó a cabo. No es suficiente con mostrar la factura del proveedor y el traspaso bancario. Esa es una visión contable. Ahora es importante demostrar la materialidad de la operación. Por lo delicado del tema, es recomendable que te apoyes en un abogado fiscalista con experiencia en materialidad para revisar las operaciones, determinar las pruebas idóneas que debes reunir y estructurar el escrito de presentación de pruebas. Si necesitas uno, comunícate con nosotros para ser atendido por un experto y explicarte cómo podemos ayudarte.
Presentaste tu escrito, pero ¿El SAT no aprobó las pruebas que entregaste para demostrar la existencia de las operaciones con tus proveedores?
El artículo 69B del CFF te otorga un plazo de 30 días para demostrar que recibiste los bienes o servicios de un proveedor que se haya publicado en la lista definitiva de operaciones inexistentes del SAT (lista negra). Si, apoyado en tu contador o en un abogado, lo presentaste y el SAT te dio una resolución indicando que no acreditaste la materialidad de tus operaciones, debes defenderte. No hacerlo implica aceptar que tus operaciones son inexistentes. Es recomendable que te apoyes en un abogado fiscalista con experiencia en materialidad, pues existen opciones y riesgos que debes conocer para que tomes una decisión adecuada. Si necesitas uno, comunícate con nosotros para ser atendido por un experto y explicarte cómo podemos ayudarte.
Auditoría Fiscal. Visita domiciliaria o Revisión de gabinete.
Recibir y atender una auditoría, con todos los controles que hoy existen, es una tarea delicada. El contador, el abogado fiscalista y los asesores fiscales deben participar en conjunto para recibir, preparar y atender cada solicitud para desahogar correctamente la auditoría al mismo tiempo que revisan la legalidad de cada acto de las autoridades fiscales. El objetivo es atender a la autoridad, recibir el menor número de observaciones y al mismo tiempo preparar a la empresa para el peor escenario: recibir un crédito fiscal. Nuestra Firma cuenta con un equipo de contadores y abogados expertos en la atención de auditorías. Si necesitas asesoría, consultoría, apoyo para atender a la autoridad fiscal, desahogar requerimientos, contestar oficios y/o analizar documentos, llámanos para explicarte como podemos ayudarte.
Si quieres conversar con uno de nuestros ejecutivos ¡Contáctanos ahora!
¿Por qué confiarnos la defensa fiscal de tu crédito?
Tenemos un 98% de éxito en los casos que defendemos.
Nuestro equipo de abogados y contadores son especialistas con más de 20 años de experiencia defendiendo créditos fiscales del SAT, IMSS, INFONAVIT y Gobiernos Locales.
Tenemos experiencia en resolver casos complejos que requieren involucrar varias materias.
Atendemos de manera personal a todos nuestros clientes, sin importar el monto de su crédito.
Hemos defendido con éxito y/o actualmente estamos litigando créditos desde 500 mil pesos hasta créditos fiscales de más de 2,000 millones de pesos.
¿Qué opciones podemos ofrecerte?
La defensa fiscal aplica principalmente para créditos fiscales, sin embargo, hay más casos en los cuales puedes necesitar defenderte de una autoridad fiscal.
Aquí te ponemos los más comunes:
Defensa fiscal integral contra un crédito fiscal del SAT, IMSS, INFONAVIT o Autoridades fiscales locales.
Defensa fiscal integral por el desistimiento o negación de devoluciones del SAT.
Defensa fiscal integral contra el Artículo 69-B del CFF por operaciones inexistentes.
Juicio de amparo directo o indirecto por violación de garantías constitucionales.
Juicio de amparo contra el embargo de cuentas bancarias, etc.
Consultoría legal-fiscal sobre alguno de los casos anteriores. ¿Solo quieres conocer nuestra opinión legal-fiscal sobre tu caso o
buscas una segunda opinión?
¿Quieres contratarnos, conocer cómo trabajamos o nuestros honorarios?
Llámanos o solicita una cita.
Solo necesitamos que nos expongas tu caso para explicarte las alternativas que tienes disponibles.
Si necesitas conocer nuestros honorarios solo necesitamos una copia de tu crédito fiscal y en un plazo máximo de 12 horas
te haremos llegar nuestra propuesta de servicios.