Cómo solicitar el Convenio con el IMSS para el pago de cuota Obrero – Patronal

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A partir del pasado mes de Abril, el IMSS ofrece un convenio de pago en parcialidades para facilitar el pago de cuotas Obrero – Patronales, conoce cómo obtener este beneficio.

Si eres patrón y derivado de la contingencia sanitaria por el COVID-19, no has podido cubrir tus cuotas obrero – patronales, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) te ofrece celebrar, de forma simplificada, un convenio para pagar tus cuotas a plazos, sin necesidad de que garantices el interés fiscal.

No necesitas acudir a la Subdelegación del IMSS, el trámite lo podrás realizar mediante el correo electrónico convenio.orienta@imss.gob.mx enviando la siguiente información: 

  • Tarjeta de identificación patronal.
  • Identificación oficial vigente del patrón, sujeto obligado o representante legal (INE, pasaporte, cédula profesional).
  • Acta constitutiva de la persona moral (únicamente las hojas donde se señala la razón social para la cual fue creada, así como aquélla que contenga el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio).
  • Poder notarial del representante legal (únicamente la hoja donde se señala la facultad conferida por la persona moral, debiendo ser específica para la realización de trámites ante entidades públicas o actos de administración).
  • Escrito libre solicitando la autorización del pago a plazos y los plazos para hacerlo.

El IMSS revisará tu información y te hará llegar un proyecto de convenio por la misma vía, así como la ficha de depósito con la línea de captura que corresponda para que puedas realizar el pago mediante transferencia electrónica a la cuenta 021180550300067765 del banco HSBC,

El importe mínimo a cubrir será del 20% de la cuota patronal y el 100% de la cuota obrera. A continuación, te presentamos las opciones de plazos que tienes para elegir, conforme a tus necesidades.

Plazo de diferimiento Interés mensual
Hasta 12 meses 1.26%
De 12 a 24 meses 1.53%
De 24 a 48 meses 1.82%

 

El inicio de pagos sólo deberá ser realizado hasta que recibas la ficha de depósito antes mencionada.

En términos del artículo 304-C de la Ley del Seguro Social, la suscripción del Convenio evitará multas, al entenderse que el patrón concernido cumple espontáneamente con sus obligaciones en materia de seguridad social en el marco de la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, según el Acuerdo del Consejo de Salubridad General publicado el 30 de marzo del año en curso en el Diario Oficial de la Federación.

Línea del IMSS para dudas y consultas:  800-6232-323

 

Aquí puedes consultar los instrumentos legales y administrativos difundidos por el H. Consejo IMSS en relación al tema. http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202004/191

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2023-08-31T16:36:58+00:00 mayo 20, 2020|

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