La revisión vigilancia SAT es un programa que lanzó el Servicio de Administración Tributaria con el objetivo de verificar que como contribuyente no tengas inconsistencias en tus registros u omisiones en tus declaraciones ante una autoridad fiscal.
Esto forma parte de la reforma fiscal relacionada con la gestión de los impuestos, dando relevancia a la asistencia y control tributarios. Por ello, el artículo 33 del CFF abre la posibilidad de que puedas recibir asesorías para que puedan hacer las declaraciones tributarias sin ningún tipo de omisión, y así evitar futuras sanciones.
¿Cómo funciona el proceso?
Este programa es ejecutado por el SAT, el cual se lleva a cabo de la siguiente forma:
- Recibes una notificación a través de un oficio, en el cual se te solicita que pueda asistir a la Administración Desconcentrada de Recaudación de forma presencial, para una entrevista de vigilancia profunda.
- A través de un oficio, recibes una notificación para una entrevista de vigilancia profunda de parte de la Administración Desconcentrada de Recaudación. La misma se efectuará por medios electrónicos.
Durante la entrevista, la Administración te da a conocer las inconsistencias presentes en tu sistema y recibirás orientación sobre cómo solventar dichas diferencias para que hagas cumplimiento correcto de tus obligaciones fiscales.
Esta notificación puede ser recibida por cualquier empresa, aun cuando la misma esté al día con el pago de todas sus obligaciones. El llamado que se hace no es por falta de cumplimiento de pago, sino porque en los sistemas de la Administración se ha detectado cierta irregularidad en la información que manejan.
Entre los documentos que pueden ser objeto de revisión se encuentran:
- Declaraciones de los últimos 5 años presentadas por el contribuyente.
- CFDI de ingresos, egresos, de pago, etc.
- Partidas de conciliación contable fiscal.
- Relación de sueldos y salarios de los trabajadores de los últimos 5 años.
- Pagos realizados a proveedores, según lo que indica el supuesto previsto por el artículo 69-B del CFF.
- CFDI que han sido cancelados por alguna de las partes involucradas y que aún se encuentran vigentes en la plataforma del SAT.
- Relación de retenciones de impuestos efectuadas por la empresa, correspondiente a lo últimos 5 años.
¿Cómo atender a la entrevista?
Con el objetivo de dar una solución rápida a esta situación, es necesario que sigas las siguientes recomendaciones:
- Acudir a la cita en el día y la hora previstos, sea de forma presencial o por medios electrónicos. Todo dependerá de cómo hayas recibido la notificación.
- En caso de que la notificación sea para una cita virtual, asegúrate de contar con los medios electrónicos disponibles para asistir. La plataforma que usa el SAT es Teams de Microsoft. Necesitarás una cuenta de Hotmail, Live o MSN para poder acceder. Recuerda que el plazo que dan desde la notificación hasta la entrevista es de una semana. Debes prepararte con tiempo.
- Asiste a la entrevista con tu contador o un especialista que puede ayudarte con todos los requerimientos de comprobación.
- El SAT te enviará con el oficio una relación de todas las inconsistencias que tiene en su sistema, revisa toda la información y el día de la entrevista muestra todos los documentos que sean necesarios a fin de solventar las diferencias.
- Al finalizar la entrevista, el SAT otorgará un plazo de 10 días hábiles para corregir la situación de la empresa y recibirá orientación al respecto.
Como conclusión, en este tipo de procesos, siempre es bueno contar con la ayuda de los expertos en el área tributaria, quienes ya han manejado este tipo de situaciones con otras empresas y saben cómo actuar para evitar las sanciones. Si no estás seguro sobre lo que debes hacer, la decisión más sabia es acudir a quien sí sabe.
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