SAT publica guía de llenado “Declaración de retenciones por el uso de plataformas tecnológicas”

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SAT publica guía de llenado “Declaración de retenciones por el uso de plataformas tecnológicas”

A partir del 1ro. de junio de 2020, las personas morales residentes en México o residentes en el extranjero, con o sin establecimiento permanente en el país, así como las empresas extranjeras que proporcionen el uso de plataformas tecnológicas a personas físicas para prestar de forma independiente el servicio de transporte terrestre de pasajeros o entrega de alimentos preparados, deberán efectuar la retención del ISR e IVA y enterarla a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior. 

Por lo que el SAT publicó, en su página oficial, la Guía de llenado para la “Declaración de retenciones por plataformas tecnológicas”. En la cual se establecen los lineamientos, así como un ejemplo de cómo presentar la retención de impuestos.

Residentes en el extranjero

En el caso de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México conforme el artículo 18-D de la LIVA deberán solicitar su inscripción en el RFC, de acuerdo con lo establecido en la ficha de trámite 1/PLT “Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales”; además de tramitar su certificado de e.firma, bajo lo establecido en la ficha de trámite 2/PLT “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para residentes en el extranjero que proporcionen servicios digitales”, del Anexo 1-A de la RMISC de 2020.

La inscripción debe realizarse dentro de los 30 días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que se proporcionen por primera vez los servicios digitales a un receptor ubicado en territorio nacional.

 

La declaración se presenta en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/declaracion/82614/presenta-tu-declaracion-de-retenciones-por-el-uso-de-plataformas-tecnologicas

 

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2023-08-31T17:11:04+00:00 mayo 29, 2020|

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