¿Qué plataformas digitales deben pagar IVA?
Para 2020 se agregó el artículo 18-B a la Ley del IVA para incluir a las plataformas digitales que deberán aplicar el cobro de este impuesto. Este artículo define a las plataformas digitales como: “aplicaciones o contenido en formato digital a través de internet u otra red, fundamentalmente automatizados, pudiendo o no requerir una intervención humana mínima, siempre que por los servicios mencionados se cobre una contraprestación” e incluye las siguientes actividades:
- La descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio, música, juegos, incluyendo los juegos de azar, así como otros contenidos multimedia, ambientes multijugador, la obtención de tonos de móviles, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y estadísticas. En los casos de la descarga o acceso a libros, periódicos y revistas electrónicos no se generará IVA.
- Los de intermediación entre terceros que sean oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos. Como son: mercado libre, segunda mano o Amazon. En el caso de venta de bienes muebles usados no se generará IVA.
- Clubes en línea y páginas de citas.
- La enseñanza a distancia o de test o ejercicios.
Los contribuyentes mencionados deberán a partir del 01 de junio de 2020 cumplir con la obligación del pago del IVA correspondiente.
Hay compañías que ya se han pronunciado al respecto:
Netflix.La compañía indico que las nuevas tarifas quedarán de la siguiente forma:
· Plan Básico de 129 a 139 pesos. · Plan Estándar de 169 a 196 pesos. · Plan Premium de 229 a 266 pesos. |
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Amazon.Indico que no cobrará IVA; la membresía Prime ya la incluye. Este año, los precios que mantiene son:
· 99 pesos al mes · 899 pesos anual |
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Uber.
Anunció que no incrementará tarifas en su servicio, sin embargo, socios conductores pagarán parte del gravamen entre 0.16 y el 0.8 % de la tarifa de cada viaje realizado. |
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Mercado Libre.
La compañía de comercio electrónico no realizará aumentos refirió que ya se cobra en los productos. |
A pesar de que algunas empresas ya anunciaron los cobros hacia los usuarios, otras no han emitido algún comunicado.
La noticia está siendo materia de controversia por los usuarios de estas plataformas. Una de las principales preguntas que se hacen los usuarios es si es o no un nuevo impuesto por parte del gobierno, a lo que tanto la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como el Servicio de Administración Tributaria (SAT) han explicado que NO.
“Las medidas tributarias para la #EconomíaDigital que entran en vigor el 1 de junio no representan impuestos nuevos o aumento en tasas. Estas medidas tienen como objetivo hacer operativamente más fácil el cumplimiento en el pago de impuestos existentes, como el #IVA”, explicó Arturo Herrera, titular de Hacienda, en su Twitter.
Recordó que, por ejemplo, la Ley del IVA se creó en la década de los 80, por lo que no se contemplaba a servicios digitales como Uber, Netflix, Amazon, Airbnb y otros, por lo que ahora se buscó un esquema operativo para que le retengan el impuesto a los obligados a pagar este impuesto.
Gravar a la economía digital es uno de los retos internacionales que tiene la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) porque, al igual que en el caso de México, las leyes fiscales de varios países datan del siglo pasado, por lo que no consideraban a estas empresas. Por ello, la OCDE busca llegar a un acuerdo para la tributación adecuada de estas plataformas a finales de este año y, mientras eso pasa, los países tienen permitido implementar medidas unilaterales respecto al tema.
Aquí puedes consultar la resolución de ley por la cual entra en vigor el IVA para plataformas digitales http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/77_091219.pdf
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