Revisar el buzón tributario es una acción necesaria que se debe realizar constantemente para estar enterado de cualquier notificación o crédito fiscal. Así es como el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te informa sobre tu negocio. Es muy importante revisar sus correos.
Funcionamiento del buzón tributario
El Buzón Tributario opera como una vía de comunicación entre el contribuyente y el SAT. A través de él, el organismo tributario realiza notificaciones, envía información útil para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales y solicita información sobre trámites realizados. También puedes efectuar diversas gestiones y presentar avisos.
Todas las empresas deben tenerlo y las personas físicas con ingresos superiores a 400 000 pesos también están obligadas a habilitarlo.
Para activarlo correctamente, tienes primeramente que registrar tus medios de contacto:
- Debes inscribir de uno a cinco correos electrónicos y número de teléfono celular.
- Iniciar sesión en el portal introduciendo la contraseña y dar clic en el botón “Buzón Tributario”, que se encuentra en la esquina superior derecha de la página.
- Una vez adentro, hay que darle clic al icono “Configuración” del menú de accesos rápidos, situado a la izquierda de la parte superior del portal.
- Inmediatamente, aparecerá el formulario de medios de contacto en el que debes colocar las direcciones de los emails y el número de teléfono celular que quieras registrar.
- Oprime “Continuar” y el sistema te preguntará si deseas continuar con el registro de medios de contacto, lo cual debes confirmar dándole al botón “Aceptar”. El sistema te indicará que los emails y el contacto de tu smartphone han sido registrados. De inmediato, se habilita el botón para que puedas imprimir el acuse de registro.
Plazo para contestar notificaciones
Una vez que tienes el buzón tributario, el SAT podrá comenzar a enviarte todo tipo de información y notificaciones. Puede que algunas de ellas sean muy importante. Si no las contestas, tu empresa puede ser objeto de severas sanciones.
- Debes saber que todo contribuyente tiene 5 días para abrir los documentos digitales pendientes de notificar. Los días se cuentan a partir del día siguiente desde que el SAT te envió el aviso por email.
- En caso de que la notificación no sea abierta, se tendrá por aceptada al sexto día, y el SAT podrá proceder de acuerdo a sus procedimientos ordinarios sin que el contribuyente haya podido en el momento defenderse de las medidas notificadas.
Por ejemplo, cuando el SAT notifica a una empresa sobre la cancelación de su certificado de sellos digitales (CSD), el cual es necesario para la emisión de facturas electrónicas, envía un mensaje a tu buzón tributario para informarte de que acaba de aplicar la restricción temporal.
Deberás responder a la notificación dentro de los 5 días después del día en el que se envió el mensaje. Luego, en un máximo de 10 días, podrás presentar tu aclaración en la plataforma web del SAT para defenderte de la supuesta irregularidad que se imputa a tu compañía. Si no lo haces así, te quedarás sin tu CSD.
¿Cómo evitar sanciones?
Para evitar sanciones por no responder oportunamente tu buzón tributario, debes seguir las siguientes recomendaciones:
- Revisa diariamente tu buzón tributario: Esto es esencial para que puedas estar informado oportunamente sobre cualquier notificación.
- Evita incurrir en faltas tributarias o de cualquier otra índole que puedan afectar a tu buena imagen ante el SAT.
- Por último, asesórate con una buena empresa consultora, que te lleve los trámites fiscales. La mejor en esa área es CICDE, que tiene los mejores profesionales para ayudarte en todo lo que necesites.
Si cumples con estos mínimos consejos, seguramente lo harás todo bien, no tendrás problemas de ningún tipo con las autoridades tributarias y podrás seguir trabajando normalmente. Ahí está el secreto de toda empresa exitosa.
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