Mayo es el mes para el pago de la PTU de las empresas

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No hay prórroga para el pago de PTU en las empresas

La PTU o Participación de los Trabajadores en las Utilidades es un derecho constitucional en México que permite que los trabajadores participen de las ganancias de la empresa para la que trabajan o trabajaron durante el último año.

El monto que debe repartirse entre los trabajadores es el que equivalente a un 10% del resultado fiscal logrado durante el año 2019. Si la empresa reportó pérdida fiscal en su declaración anual, no debe realizar reparto de PTU pues no existe una base para calcularla, sin embargo, es importante resaltar que mientras los socios, al recibir sus utilidades deben considerar pérdidas y ganancias, las pérdidas obtenidas durante un año no afectarán el cálculo que deberá hacerse de PTU para el siguiente año, si la empresa obtiene utilidades.

Para repartirse, la PTU debe dividirse en 2 mitades. La primera mitad debe repartirse entre todos los trabajadores en función de los días que asistieron a trabajar. La segunda mitad se reparte entre todos los trabajadores con base en el salario que obtuvieron durante el año. Es importante recalcar que los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades y que los trabajadores de confianza solo pueden participar con un salario máximo limitado al 120% del salario del trabajador de planta que más gane en la empresa.

Conforme a la Ley Federal del Trabajo, la PTU debe repartirse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que debe presentarse la declaración anual. En este sentido, las fechas límite para hacer la entrega de la PTU son las siguientes:

  • EMPRESAS (Personas Morales). Debieron presentar su declaración anual a más tardar el 31 de marzo, por lo tanto, la fecha límite para pagar la PTU es el 30 de mayo de 2020.
  • PERSONAS FÍSICAS que tienen trabajadores. Conforme a la prórroga emitida por el SAT, deben presentar su declaración anual a más tardar el 30 de junio de 2020, por lo tanto, la fecha límite para pagar la PTU es el 29 de agosto de 2020.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) aclararon que la obligación del reparto de utilidades (PTU) sigue vigente a pesar de la emergencia sanitaria por el Covid-19 y debe ser pagada a los trabajadores en los plazos ya mencionados.

“De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), si las y los trabajadores no reciben esta prestación o se les paga de forma incompleta, tienen un año para reclamar su pago, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida”, puntualizó la STPS a través de la guía Preguntas frecuentes: Participación de los Trabajadores en las Utilidades 2020. ¿Su principal argumento? Que la PTU proviene de las utilidades obtenidas durante el año 2019, es decir, es una prestación que se generó durante el año pasado y su pago de debe verse afectado en este año a pesar del COVID-19, según explicó Sara Morgan Hermida, procuradora de la Defensa del Trabajo de la Ciudad de México.

¿Cuáles son las sanciones por no pagar la PTU?

En caso de que la empresa no pague la PTU o incumpla cualquiera de las obligaciones relacionadas con el pago de dicha prestación, el artículo 994 de la LFT indica que se harán acreedores a una multa que va desde las 250 a las 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Para 2020 la UMA es de 86.88, por lo tanto, la multa se establecerá desde $21,720 hasta $434,400 para este año. Para que esto ocurra lo más habitual es que exista una denuncia por parte de los trabajadores y que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social realice una revisión de las condiciones generales de trabajo en la empresa, entre las cuales revisará si la empresa o patrón han cumplido con las obligaciones relacionadas con el cálculo y pago de la PTU.

¿Qué pasa si la empresa determina la PTU, pero los trabajadores no la cobran?

Los trabajadores tendrán derecho a reclamar la PTU de 2019 que no les haya sido pagada a más tardar el 30 de mayo de 2020 o el 29 de agosto de 2020, dependiendo de si el patrón es empresa o persona física. Para realizar el reclamo y recibir pago cuentan con un plazo de 1 año, contado desde la fecha en que debieron haberles pagado la PTU. Esto quiere decir que si el patrón es empresa, los trabajadores tendrán hasta el 29 de Mayo de 2021 para reclamar su pago y si el patrón es una persona física, entonces los trabajadores tendrán hasta el 28 de Agosto de 2021 para exigir el pago. La PTU que no haya sido cobrada por los trabajadores en ningún caso se reintegra a los fondos de la empresa. En este caso el saldo no cobrado debe sumarse a la PTU que se genere en 2020 y que va a repartirse en 2021.

Quienes no reparten PTU

En general, los patrones (empresas y personas) de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento y las empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades. Esta regla también aplica a las empresas de la industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración; a algunas instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes; al IMSS

Por último, es importante recordar que existen reglas específicas que aplican para el cálculo y pago de la PTU por lo que te recomendamos que para cumplir y hacer el cálculo de manera correcta consultes el “CAPITULO VIII Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas” de la Ley Federal del Trabajo, que comprende del artículo 117 al artículo 131.

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2023-08-31T17:10:16+00:00 mayo 29, 2020|

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