Conoce que es lo que actualmente compara el SAT en tu contabilidad electrónica

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Actualmente, el SAT ha reducido el número de auditorías que realizan a las empresas dado que representa un alto coste. Te preguntarás, ¿qué está haciendo? La respuesta es simple, está revisando sus bases de datos para detectar posibles inconsistencias en la contabilidad electrónica del SAT que las empresas reportan periódicamente.

¿Qué verifica el SAT?

Entre los principales puntos de interés del SAT se encuentran:

  • Pagos provisionales de ISR vs las facturas emitidas cada mes.
  • Ingresos de tu declaración anual de ISR vs los CFDIs emitidos en el año
  • Retenciones de ISR y de IVA recibidos de tus proveedores
  • IVA causado en el mes vs el IVA de los CFDIs que emitió la empresa en el mes con la clave PUE (Pago en Una Exhibición).
  • Las deducciones autorizadas de tu declaración anual de ISR vs las facturas recibidas de tus proveedores.

¿En qué casos se podría restringir el uso de CFDIs?

De acuerdo al Artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación, los motivos de restricción temporal de CFDIs son los siguientes:

  • Cuando los contribuyentes, en un ejercicio fiscal, omitan la presentación de la declaración anual en el tiempo establecido.
  • Si no se localiza al contribuyente durante el procedimiento administrativo o en su domicilio fiscal.
  • En caso de que los contribuyentes no actualicen su situación fiscal y no acrediten la adquisición de bienes o recepción de servicios de acuerdo a lo que establece el artículo 67-B del CFF.
  • Siempre que existan inconsistencias entre los ingresos declarados e impuestos retenidos y los CFDIs, expedientes, documentos o bases de datos de las autoridades fiscales.
  • Si no se emplean de manera correcta los medios establecidos por el SAT.
  • Si se omite una o más de las conductas infractoras que se mencionan en los artículos 79, 81 y 83 de este código.

¿Qué se puede hacer si tengo restringido el uso de CFDIs?

Si un contribuyente se encuentra en una suspensión temporal del certificado de sello digital para expedir comprobantes fiscales por internet, tendrá 40 días hábiles para la solicitud de aclaración que determine el SAT para esclarecer las inconsistencias detectadas. Una vez presentada la solicitud de aclaración, la autoridad fiscal responderá en un plazo no mayor a 10 días a través del buzón tributario.

Etapas en las que se puede encontrar un CSD (Certificado de Sello Digital)

  • Oficio de invitación. En este caso, es importante revisar y determinar el grado de riesgo para tu empresa. No siempre es necesario responder a la autoridad, a menos que en el oficio mencionen alguna inconsistencia que percibas. La respuesta la puedes hacer a través del correo de dónde se te contactó o haciendo una aclaración desde “Mi portal”.
  • Oficio de restricción de sellos digitales. Si recibes este oficio, no podrás utilizar tu CFDI temporalmente. En este caso, deberás trabajar de manera conjunta con tu contador para reunir documentación y pruebas necesarias que acrediten que has llevado a cabo de forma honesta y puntual todos los requerimientos que solicita el régimen en el que te encuentras, y posterior a ello redactar un oficio de aclaración a través de “Mi portal” junto con la evidencia recabada.
  • Oficio de bloqueo/cancelación de sellos digitales. En este caso el sello digital se cancela definitivamente, lo que significa que ya no podrás emitir comprobantes fiscales. Durante este proceso, hasta que las autoridades fiscales den una resolución, no podrás solicitar un nuevo CSD. Dependiendo de la situación, podría hacerse mediante una solicitud de un nuevo sello, un juicio de nulidad o de amparo, o mediante la intervención de la PRODECON.

Ahora que conoces la importancia de llevar de manera adecuada tu contabilidad electrónica o has detectado que necesitas un poco de ayuda para asegurarte de que todo está en orden, te recomendamos buscar ayuda con profesionales en el campo fiscal.

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2023-08-31T21:18:46+00:00 marzo 18, 2022|

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