Ya se puede renovar la Firma electrónica vencida de personas físicas a través de SAT ID
La e.firma o firma electrónica es el conjunto de datos y caracteres que te identifica al realizar trámites y servicios por internet en el SAT, así como en otras Dependencias, Entidades Federativas, Municipios y la iniciativa privada. Es un archivo seguro y cifrado, que tiene la validez de una firma autógrafa.
A partir del 22 de junio de 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) incorporó a su plataforma SAT ID el proceso de renovación de la e.firma para personas físicas, si el vencimiento de la misma no excede de un año al momento de su trámite.
Si la e.firma está por vencer, las personas físicas pueden hacer hoy el proceso de renovación a través de CertiSAT Web: https://www.sat.gob.mx/tramites/17029/renueva-el-certificado-de-tu-e.firma-(antes-firma-electronica)-con-certisat-web
Para renovarla a través de SAT ID debes contar con los siguientes requisitos:
- Entrar a SAT ID y realizar el trámite para e-firma y que dicha solicitud haya sido aprobada.
- Certificado digital (vencimiento no mayor a un año) (*. CER);
- Llave privada del Certificado (vencimiento no mayor a un año)(*. KEY);
- Contraseña de la llave privada de los archivos anteriores;
- Dirección de correo electrónico propia.
La e.firma es de gran utilidad para los contribuyentes ya que da acceso a los distintos servicios electrónicos y, con su incorporación al SAT ID, facilita la realización de los diferentes trámites fiscales de manera remota.
Es importante considerar los siguientes puntos:
- El SAT considerará que el contribuyente, persona física, comparece personalmente ante él para acreditar su identidad, cuando acredita la misma a través del servicio SAT ID.
- No se podrá llevar a cabo el trámite de renovación de e.firma a través del Servicio de SAT ID, si el certificado se venció hace más de un año, así como tampoco cuando se encuentre restringido el uso del certificado de e.firma por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H del CFF, excepto que el certificado haya quedado sin efectos por a haber transcurrido el plazo de su vigencia.
- Tampoco se podrá realizar el trámite si la persona física no cuenta con contraseña, o si ésta fue suspendida o cancelada.
- Por el momento, el sitio SAT ID sólo es visible desde Chrome o Firefox.
SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES