La revisión electrónica del SAT es el proceso de fiscalización más rápido que tiene la autoridad fiscal, por lo cual debes estar atento a todos los correos que lleguen a tu buzón tributario. Conoce los plazos que tiene este tipo de revisión para que conozcas los plazos que tienes para defenderte.
Reglas de la revisión electrónica del SAT
Estas son las reglas que deberás tener en consideración.
Regla 1: Uso de recursos electrónicos
La inspección electrónica realizada por medio del Servicio de Administración Tributaria se lleva a cabo desde el inicio hasta final por medios electrónicos. Esto lo habilita el artículo 42, fracción IX del Código Fiscal de la Federación.
Regla 2: Notificación al contribuyente
Por medio del buzón tributario, la autoridad fiscal notifica al contribuyente acerca del proceso de fiscalización al que está siendo sometido, a través de una auditoría electrónica. Se le avisará por correo electrónico de que ha recibido una notificación en el buzón tributario.
Regla 3: Plazos del contribuyente
Luego de haber recibido la notificación sobre el proceso de fiscalización, la resolución provisional, tiene un periodo de 15 días para declarar lo que considere y proveer los documentos que crea convenientes, mediante los cuales se modificarán las anomalías encontradas o se probará que se han realizados los pagos que aparentemente han ocultado o excluido.
Si aporta los documentos digitales requeridos, la autoridad fiscal podrá hacer otra solicitud de información el cual tendrá 10 días para responder o recolectar más información, corregir su estado fiscal o efectuar los pagos adeudados.
Concluido el análisis a los documentos digitales presentados por el contribuyente, se le enviará una notificación para que obtenga la resolución concluyente en el buzón tributario.
Ten en cuenta que la fracción IV del artículo 53-B del Código Fiscal de la Federación obliga a las autoridades fiscales a informarte acerca de la resolución concluyente en un plazo de 40 días, basado en la información computarizada. Los 40 días iniciarán luego de vencidos los plazos de 10 o 15 días, o después de que entregues toda la documentación que desvirtúe las irregularidades en el expediente.
A pesar de que el Código Fiscal de la Federación no presenta sanciones contra el incumplimiento del plazo de 40 días para la emisión de la resolución definitiva, la extensión del plazo de las mismas se convierte en ilegal.
Regla 4: Sanciones por incumplimiento
En caso que el contribuyente no exprese su derecho, ni facilite los documentos o la información que modifique las anomalías por contribuciones omitidas en la resolución provisional, la misma pasará a ser una resolución definitiva. Pasado esto, la autoridad fiscal procederá al cobro a través del procedimiento administrativo de ejecución.
Dicha autoridad podrá establecer créditos o multas si el contribuyente infringe las responsabilidades fiscales correspondientes. Es derecho del contribuyente la posibilidad de realizar los pagos de las deudas fiscales de forma parcial.
Recuerda que si no estás de acuerdo con la resolución definitiva o con el crédito fiscal emitido después de la inspección electrónica tendrás la opción de utilizar alegatos legales, como el recurso de revocación, para que la autoridad fiscal vuelva a examinar el caso.
También, puedes optar por un juicio administrativo frente al Tribunal Federal de Justicia Administrativo.
Regla 5: Deberes del contribuyente
Es deber del contribuyente pagar las deudas fiscales o la cantidad de crédito que aparece en la resolución definitiva. Los pagos pueden realizarse a través de Internet, por bancos u otra forma de pago, dependiendo de las opciones permitidas por la autoridad fiscal.
Conocer todas estas reglas y los respectivos plazos es fundamental para que puedas defenderte llegado el momento. En cualquier caso, si necesitas ayuda con la revisión electrónica no dudes en contactarnos.
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