Un crédito fiscal es el ingreso al que el Estado tiene derecho en sus funciones de derecho público. Este puede provenir de las contribuciones, los aprovechamientos o sus accesorios. Una vez has comprendido este punto básico, te explicaremos lo que debes tomar en cuenta acerca del cómo actuar ante una notificación de esta naturaleza. Comenzamos.
Qué hacer ante una notificación de crédito fiscal
¿Has recibido una notificación de crédito fiscal recientemente? Si esta es la primera vez que te ocurre, quizás andes un poco perdido.
Existen algunos detalles y requisitos que es importante tener en cuenta. En cualquier caso, te explicaremos paso a paso lo que debes hacer en las siguientes líneas. Presta mucha atención.
1. Antes de todo, has de comprender el tipo de notificaciones que te pueden presentar. Existen las que se llevan a cabo de manera personal, por correo certificado o por correo ordinario. En caso de que una notificación haya sido realizada personalmente, esta suele surtir efecto al día hábil siguiente.
2. A partir de que la notificación ha sido enviada, contarás con un período de tres días para poder contestar. Recibirás un documento que se denomina “resolución”, el cual determina tu crédito fiscal. Debes revisar este documento detenidamente.
3. Podrás confirmar que el documento cuenta con una serie de características. Estas se pueden resumir en las siguientes:
- La autoridad que lo emite. Por ejemplo, Auditoría Fiscal de _____, Administración Local de Servicios al Contribuyente de _____, etcétera.
- El lugar de emisión (número exterior, interior, señalamientos o especificaciones que sirvan de guía, color y calle del domicilio).
- Fecha de emisión (día, mes, año, hora y minuto).
- El propósito u objeto de que se trate.
- A quién va dirigido (nombre, apellido, firma, identificación y a la persona que atendió la notificación; si tienes dudas acerca de este último punto, puedes investigar y corroborar la autenticidad del personal).
4. Dentro de las posibilidades que puedes encontrarte, si la notificación se trata de una resolución determinativa, se presentarán en ella:
- Las irregularidades encontradas.
- Su fundamento legal.
- La determinación del crédito fiscal detallado.
- Las condiciones de pago, donde se señalan también las facilidades con las que cuentas si efectúas el desembolso en un determinado período de días siguientes a la notificación del crédito.
5. En el caso de que la notificación se realice de manera personal, es recomendable que tú también te identifiques (preferentemente con tu credencial), ya que eso ayuda a la hora de verificar que realmente se está entregando el documento a la persona interesada.
6. Llegados a este punto, recuerda que tú, como destinatario, has de estar capacitado para comprender lo que se te ha notificado. Solo así vas a poder valorar si estás de acuerdo con el acto que se te ha entregado, o bien discrepar ante las eventuales irregularidades. Sin contar con el criterio necesario, no podrás saber si, por ejemplo, los procesos notificados son ilegales o inconstitucionales, para posteriormente pasar a impugnarlos a través de los medios de defensa procedentes. En tal sentido, la defensa fiscal, que te ofrece los servicios de asesoría y consultoría que tú necesitas, puede serte de mucha utilidad.
7. No olvides que todas las prácticas de diligencias fiscales han de ser presentadas dentro de horas y días hábiles.
Recuerda que siempre queda en ti tomar la acción que consideres más oportuna. En ese sentido, no dejes de tener en cuenta que siempre puedes optar por acudir a los servicios de una asesoría fiscal para ser guiado en todo este proceso.
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