Conoce qué es una Revisión de Gabinete, el proceso que debe atravesar y sobre todo los momentos en los cuales tienes la oportunidad de defenderte y hacer los aclaraciones correspondientes.
Etapas de la revisión de gabinete y sus obligaciones fiscales
Una Revisión de Gabinete es uno de los medios de fiscalización que tienen el SAT (Servicio de Administración Tributaría) y las Secretaría de Finanzas de los estados, para validar a través de una revisión fiscal que los contribuyentes han cumplido con todas las obligaciones fiscales, así como con el correspondiente pago de impuestos. Ahora bien, todos los contribuyentes, ya sean personas físicas y morales, estamos obligados a atender estos procesos de revisión, por lo cual es importante que si te han iniciado este tipo de Revisión Fiscal, conozcas los las etapas que vas a atravesar:
Etapa 1: Solicitud de Información Inicial y Solicitudes de información adicionales.
La autoridad fiscal te notificara en tu domicilio fiscal un oficio de requerimiento de información y documentos que quiere analizar, debe especificar un periodo a revisar y los impuestos específicos que va a analizar en dicha revisión. Al notificar este documento va a preguntar por el representante legal o alguna persona que trabaje para el contribuyente que está buscando, esta es la forma en la que garantiza que se entere el dueño de la empresa.
La autoridad fiscal dará a conocer al contribuyente el comunicado de solicitud de información y documentación, notificando el requerimiento de información en el domicilio fiscal que se haya manifestado ante el Registro Federal de Contribuyentes. Cuando se trate de personas físicas, se podrá entregar en el lugar donde se localicen.
Desde ese momento, el contribuyente estará obligado a responder al oficio y a presentar la información en el lugar y en el plazo que le sea señalado.
Cuando el ciudadano tributario no atienda el oficio de solicitud de información y documentación, la autoridad fiscal remitirá un segundo oficio y los adicionales que considere necesario e impondrá, en su defecto, una multa que le será notificada.
Etapa 2: Oficio de Observaciones y Terminación de la revisión.
La autoridad realizará una revisión de los documentos, informes y contabilidad entregados por el contribuyente inspeccionado y emitirá el oficio de las observaciones, en el que expondrá de forma sustentada los hechos u omisiones que se hayan detectado. Una vez notificado este oficio de observaciones se le brindará al contribuyente un plazo de 20 días hábiles para presentar las pruebas que desvirtúen dichas observaciones.
En los casos en que las observaciones sean aclaradas, la autoridad fiscal le comunicará al contribuyente, a través de un oficio, la terminación de la revisión de los documentos presentados.
Etapa 3: Resolución de determinación del crédito fiscal
Si el contribuyente no aclaro cada una de las observaciones detectadas por la autoridad, mediante escrito, con documentos y pruebas soporte que aclaren las observaciones, entonces la autoridad fiscal emitirá un crédito fiscal por las observaciones que persistan.
Si el contribuyente no desmiente los supuestos de hecho e incumplimientos señalados en el aviso de observaciones, se considerarán admitidos. Si no corrige su situación fiscal, la autoridad dictará una resolución en la que determinará el crédito tributario a pagar, la cual será notificada en un plazo de 6 meses posteriores a concluir el proceso de auditoría fiscal.
Etapa 4: Defensa Fiscal.
Si el contribuyente no está de acuerdo con el crédito fiscal determinado en su contra, opcionalmente podrá presentar recursos de defensa tributaria por los actos ilegales que se hayan efectuado durante la revisión. Estos medios podrán ser el recurso de revocación ante la propia entidad o el juicio de nulidad en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
También te va a interesar: 7 pasos esenciales para salir bien librado de una Revisión de Gabinete en tu empresa.
SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES